
La Corte Constitucional de Ecuador ha tomado una decisión relevante al rechazar la propuesta del presidente Daniel Noboa para implementar la castración química a violadores. Esta propuesta incluía reformas a la Constitución con el objetivo de combatir la violencia sexual, sin embargo, los magistrados argumentaron que la vía de reformar parcialmente la Constitución no es idónea para proteger a las víctimas. Según el dictamen, la castración química carece de sustento científico para demostrar su efectividad en la reducción de la reincidencia en delitos sexuales.
Además, los magistrados subrayaron que la creación de un registro de agresores sexuales no proporciona la precisión necesaria y puede caer en un vacío legal en términos de su alcance y temporalidad. La Corte enfatizó que el enfoque propuesto por el presidente no considera las circunstancias particulares de las personas condenadas y parte de la premisa errónea de que todos los delitos de violación son impulsados únicamente por el deseo sexual, lo que es una simplificación del fenómeno delictivo.
Finalmente, la Corte Constitucional señaló que la propuesta reduce derechos fundamentales, como el derecho a la integridad física y el derecho a no ser discriminado. En este contexto, se reafirmaron los principios de rehabilitación social y se concluyó que la imposición de castigos como la castración química no garantizaría la prevención de la violencia, ni el derecho de las personas a vivir sin temor a la violencia sexual.